Las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital, tienen la obligación de presentar la declaración de la renta, tanto del titular de la prestación como de todas las personas que componen la unidad de convivencia, para poder tener acceso a la ayuda.
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Ingreso Mínimo Vital
Prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos.
Solicitable a partir del 15 de junio
Información en la web de la Seguridad Social o en el teléfono 900 20 22 22